Visas de Inmigración Permanente

Visas para Inmigración Permanente.

Ciudadanos extranjeros que quieran vivir permanentemente en los Estados Unidos deben obtener una visa de inmigrante. En su mayoría, los inmigrantes reciben visas a través de peticiones hechas por familiares estadounidenses o residentes permanentes de los Estados Unidos, y a través de ofertas de empleo patrocinadas y respaldadas por compañías ubicadas en los Estados Unidos.

El patrocinador comienza el proceso de inmigración mediante la presentación de una petición en nombre del ciudadano extranjero ante los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés).

Una vez que esa petición original ha sido aprobada, el inmigrante está en libertad de proceder con la Solicitud de su Visa de Inmigración Permanente.

Agrandes razgos, las Visas de Inmigración Permanente pueden dividirse en tres grupos, por el ori de la solicitud:

  • • A través de la petición de familiar de Los Estados Unidos.
  • • A través de una oferta de empleo
  • • A través de otras formas alternativas
Petición I-130

Petición de Familiar

Una persona con ciudadanía estadounidense puede solicitar una visa de inmigrante para:

  • Cónyugue
  • Hijos o hijas
  • Padres
  • Hermanos
  • Por otra parte, un residente permanente estadounidense, o titular de una tarjeta verde, solo puede presentar una solicitud de visa de inmigrante para:

  • Cónyugue, y
  • Hijo solteros
  • Para comenzar el proceso de inmigración, el miembro patrocinador de la familia debe presentar una Petición de Relación Extranjera, planilla I-130, ante los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS).

    Solicitudes de Visa de inmigrante para familiares son clasificadas utilizando dos criterios: El primer criterio es determinar si el Familiar es Inmediata o no, y a los familiares no cercanos se les divide preferencialmente según el grado de consanguinidad. Estos criterios son especificados en las disposiciones de la Ley de Inmigración de los Estados Unidos, particularmente la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA).

    Solicitud de Familiares Cercanos o Inmediatos (Immediate Relative - IR)

    Este tipo de visa es determinada por un parentesco familiar inmediato (IR) entre el familiar extranjero y el ciudadano de los Estados Unidos solicitante. El número de inmigrantes en estas categorías es ilimitado durante el año fiscal. La lista de Visas para familiares inmediatos incluye:

  • IR-1: Cónyuge
  • IR-2: Hijo soltero menor de 21 años de edad
  • IR-3: Huérfano adoptado en el extranjero por un ciudadano estadounidense
  • IR-4: Huérfano adoptado en los Estados Unidos por un ciudadano estadounidense
  • IR-5: Padre de un ciudadano estadounidense que tiene por lo menos 21 años
  • Visas de Inmigrante por Preferencia Familiar - Relaciones Familiares más distantes

    (Limitado): Estos tipos de visa son para relaciones familiares específicas, más distantes, con un ciudadano de los Estados Unidos y algunas relaciones especificadas con un Residente Permanente Legal (LPR). Hay restricciones numéricas del año fiscal sobre los inmigrantes de preferencia familiar, que se muestran al final de cada categoría. Las categorías de preferencia familiar son:

    IDENTIFICACIÓN PREFERENCIA SOLICITANTE PARENTESCO ANUAL
    F1 PRIMERA CIUDADANO ESTADOUNIDENSE HIJOS SOLTEROS Y SUS HIJOS MENORES 23.400
    F2 SEGUNDA RESIDENTE PERMANENTE LEGAL CÓYUGUE, HIJOS MENORES E HIJOS SOLTEROS MAYORES DE 21 AÑOS 114.200
    F3 TERCERA CIUDADANO ESTADOUNIDENSE HIJOS CASADOS, SUS CÓNYUGUES E HIJOS MENORES DE EDAD 23.400
    F4 CUARTA CIUDADANO ESTADOUNIDENSE HERMANOS Y HERMANAS, SUS CÓNYUGUES E HIJOS MENORES 65.000

    Notas: Ciudadanos deben ser mayores de 21 años de edad a la hora de solicitar a un familiar. Abuelos, tías, suegros y primos no pueden patrocinar a nietos, sobrinos ni primos.

    CONSULTE EL USCIAS.GOV

    Oferta de Empleo

    Para ser considerado para una visa de inmigrante por oferta de empleo, el empleador potencial o agente del solicitante debe primero obtener una certificación laboral aprobada por del Departamento de Trabajo. Una vez recibido, y de ser necesario, el empleador debe presentar una Solicitud de Inmigrante para Trabajador Extranjero, Formulario I-140, ante los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS), para la categoría de preferencia apropiada. Personas con habilidades extraordinarias en la Primera Categoría de Preferencia de Empleo pueden presentar sus propias peticiones.

    Las visas de inmigrantes por oferta de empleo se dividen en cinco categorías de preferencia:

    PREFERENCIAS DE OFERTAS DE EMPLEO
    IDENTIFICACIÓN PREFERENCIAS DESCRIPCIÓN
    E-1 PRIMERA OFICIOS DE ALTA PRIORIDAD O DE HABILIDADES EXTRAORDINARIAS
    E-2 SEGUNDA PROFESIONALES CON GRADOS ACADÉMICOS AVANZADOS O PERSONAS CON HABILIDADES ESPECIALES
    E-3 TERCERA TRABAJADORES CALIFICADOS, PROFESIONALES Y TRABAJADORES REQUERIDOS NO CALIFICADOS
    E-4 CUARTA CASOS ESPECIALES
    E-5 QUINTA INVERSIONISTAS
    Lea más FORMULARIO I-140

    Programa de Visas de Inmigración para la Diversidad - Lotería de Visas

    El Programa de Visas de Inmigración para la Diversidad, conocido como la Lotería de Visas, otorga hasta 50,000 visas de inmigrante anualmente, tomadas de una selección al azaar de un pool de solicitudes provenientes de países con tasas bajas de inmigración en los Estados Unidos.

    La mayoría de los ganadores de la lotería residen fuera de los Estados Unidos y emigran a través del procesamiento consular y la emisión de una visa de inmigrante. Hay, sin embargo, un pequeño número de ganadores de lotería cada año que, en el momento de ser seleccionados, están residiendo en los Estados Unidos pero no de forma de residente permanente. Estos ganadores de la residencia, deben proceder con un proceso normal de ajuste de estado ante el USCIS.

    CONSULTE EL USCIS.GOV

    Categorías Adicionales Especiales

    USCIS proporciona una serie de programas humanitarios y de protección para ayudar a personas que necesitan refugio o ayuda ante desastres, opresión, problemas médicos de emergencia y otras circunstancias urgentes. Entre otros, el USCIS considera:

  • Visas para Asilados y Refugiados.
  • Visas para víctimas de violencia U.
  • Visas para víctimas de trata de personas T.
  • Visas para  emergencias, urgencias y humanitarias
  • Lea más

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